
A través de la Resolución N° 748 publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, se establece la implementación de la gratuidad en las tarifas de energía eléctrica, de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios, establecido por la Ley Nº 25.054, conforme lo establecido por el artículo 1º de la Resolución N° 161/2023 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía de la Nación.
Así, los distribuidores provinciales y municipales deberán aplicar una bonificación del ciento por ciento sobre los conceptos eléctricos facturados (…) en los suministros de titularidad de las mencionadas entidades en las que funcionen de forma permanente oficinas administrativas, cuarteles y/o destacamentos operativos.
A los fines del reconocimiento de la bonificación, las entidades titulares del beneficio deberán estar debidamente inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Bomberos Voluntarios y Organizaciones no Gubernamentales.
También deberán presentar su solicitud ante la Distribuidora provincial y/o municipal de distribución de energía eléctrica.
Establecer que las Distribuidoras provinciales y municipales de energía eléctrica, una vez recibida la solicitud, deberán conferir la gratuidad de la tarifa a las entidades que cumplen con las condiciones, incluyendo en las facturas por la prestación del servicio la siguiente Leyenda “Gratuidad Entidad Integrante del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios".
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