Gas: impuesto y polémica
14 de octubre de 2017
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En las últimas facturas de gas los lamatritenses se vieron sorprendidos por la discriminación de un impuesto que hasta el momento no figuraba: la Tasa de Seguridad e Higiene municipal. Inmediatamente surgió la duda ¿El Municipio estaba cobrando una nueva contribución o era una “avivada” de la empresa?
En rigor las boletas de Camuzzi traen discriminados varios ítems y muchas veces los usuarios los “pasan por alto”.
El monto que se cobra en la nueva factura (en el caso de La Madrid) es de 0,15. No es alto si se observa el resumen final de las boletas pero lo cierto es que llamó la atención y se debieron hacer las consultas pertinentes. En otros distritos de la provincia de Buenos Aires la polémica llegó inclusive hasta el Legislativo
Ni el Municipio ni el Honorable Concejo Deliberante aprobaron el traslado de Tasa alguna a la factura de gas. Desde la OMIC dan una pista y es que existe una Resolución del ENARGAS que le permite establecer a la empresa ese impuesto con la finalidad de transparentar la carga tributaria.
El jueves visitó La Madrid la diputada Liliana Schwindt (foto), que ha llevado adelante una lucha muy importante por las tarifas e hizo referencia al tema. “El Ente le permitió a las distribuidoras que trasladen la Tasa municipal, que deberían pagar ellos, a los usuarios. Ellos están autorizados. La Ley de gas de los ´90 permitió que no se les trasladara estos cargos a las empresas por esos los Ingresos Brutos se lo termina pagando el consumidor”, planteó.
Por su parte la firma prestataria envió un comunicado explicando la cuestión: la inclusión ha sido producto de la aplicación de la Resolución Enargas Nro. I-4530/17 de alcance Nacional.
Dicha resolución ha establecido la inclusión en factura y por línea separada, de los conceptos tributarios detallados en el Anexo de la misma, que en el caso de la Municipalidad de Gral. La Madrid corresponde a la “Tasa Inspección Seguridad e Higiene”. Esta tasa contempla un importe único por factura de $ 0.15331.
La medida dispuesta por la Autoridad Regulatoria tuvo por objeto transparentar la carga tributaria que afecta los costos de operación y mantenimiento de los servicios de transporte y distribución de gas en las distintas provincias o municipios, y evitar que dicha carga tributaria recaiga sobre usuarios cuyos domicilios se encuentran ubicados fuera de la provincia o municipio que dispuso la creación y aplicación del tributo.
 


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