La Provincia realizará análisis toxicológicos a los efectivos policiales
22 de abril de 2017
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A través de una Resolución, el Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires confirmó que se planifica la realización de análisis toxicológicos regulares para los efectivos de la Policía. Será para la totalidad de los efectivos y tendrá como fin controlar el consumo de sustancias psicoactivas.   
Los exámenes se realizarán dentro de los próximos tres meses, y paulatinamente se sumarán al resto de la totalidad de la fuerza
RESOLUCIÓN
EXÁMENES TOXICOLÓGICOS
LA PLATA,
VISTO las Leyes Nº 13.482 y Nº 14.866, y
 
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 13.482 establece que el Ministro de Seguridad ejercerá la conducción orgánica de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y tendrá la facultad de dictar los reglamentos necesarios para su correcto funcionamiento;
Que siendo uno de los principales objetivos planteados por esta cartera, para el mantenimiento de la seguridad pública y la protección de los ciudadanos a través de la optimización de las políticas en materia de prevención del delito, la reestructuración orgánica y funcional de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y el fortalecimiento de la capacitación profesional, técnica y operativa del personal policial, resulta necesario implementar nuevas herramientas que procuren la mejora permanente de las competencias demostradas por los agentes en el desempeño de sus funciones;
Que en ese marco, dentro de la emergencia declarada en materia de seguridad pública, y como complemento indispensable del plan de reentrenamiento, profesionalización y transparencia de la fuerza, deviene oportuno y conveniente implementar una política de concientización, información y control del consumo de alcohol y sustancias, para los funcionarios de este Ministerio de Seguridad y para el personal policial, conforme las pautas que se establecen, buscando hacer prevalecer el prestigio de la institución y la integridad física tanto del personal policial como de los terceros;
Que dicha política tiene como objetivos principales, junto con los exámenes psicofísicos que se están realizando a los agentes, no solo supervisar a los recursos humanos que tienen a su cargo el cuidado de la seguridad pública en cuanto al debido cumplimiento de los deberes que les impone la normativa vigente, sino también preservar la salud e integridad física del personal, conociendo la realidad sobre la cual se van a tomar las medidas necesarias para el cuidado de la sociedad y el orden público;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N° 14.866 y Nº 14.853;
Por ello,
 
EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES  RESUELVE
 
ARTÍCULO 1°. Aprobar en la órbita del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires la “POLITICA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS EN EL AMBITO DE LAS POLICIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°. Ordenar la realización de los controles correspondientes a la totalidad de los funcionarios del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires con rango de Subsecretario o equivalente, incluido el suscripto, así como al Superintendente General de Policía y al Subcoordinador Operativo de Seguridad, a cuyos efectos se les realizará un examen toxicológico, dentro del plazo de tres (3) meses de publicada la presente, en la forma y lugar a determinar conforme lo establecido en el artículo 5°, a los fines de controlar el consumo de sustancias psicoactivas, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 3°. Ordenar que, en el marco de la Política de Prevención y Control del Consumo de Sustancias Psicoactivas implementada, y dentro del plazo de tres (3) meses de publicada la presente, se le realice un examen toxicológico a la totalidad del personal dependiente de la Superintendencia de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas y Crimen Organizado y de la Auditoria General de Asuntos Internos, en la forma y lugar a determinar conforme lo establecido en el artículo 5°, a los fines de controlar el consumo de sustancias psicoactivas, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 4°. Ordenar que, a la totalidad del personal de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, en todos sus Subescalafones, incluyendo los agentes de las Unidades de Policía de Prevención Local, se les realice de manera periódica un examen toxicológico, en la forma y lugar a determinar conforme lo establecido en el artículo 5° de la presente, a fin de controlar el consumo de sustancias psicoactivas, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 5°. Delegar en el Subsecretario Legal, Técnico y Administrativo la facultad de dictar las medidas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias a fin de dar estricto cumplimiento a lo establecido en los artículos precedentes, garantizando la transparencia de los exámenes y la privacidad de los datos del personal.
ARTÍCULO 6°. Instruir a la Auditoria General de Asuntos Internos para que tome las medidas que por derecho correspondan respecto del personal policial que no de cumplimiento a lo ordenado mediante la presente, o en cuyos exámenes obtengan resultados positivos en el consumo de sustancias psicoactivas, debiendo, en este último caso, darle debida intervención a la Dirección de Sanidad en el ámbito de su competencia.
ARTÍCULO 7°. Registrar, comunicar, notificar a la Superintendencia General de Policía y a la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa, y publicar en el Boletín Informativo. Cumplido, archivar.

ANEXO I
RESOLUCIÓN
EXÁMENES TOXICOLÓGICOS
 
ANEXO I
POLITICA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS EN EL AMBITO DE LAS POLICIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, en conocimiento que el incremento del consumo de alcohol, el abuso de sustancias lícitas y el uso de las ilícitas causa daños a las personas, compromete seriamente el trabajo, desorganiza el núcleo familiar y crea problemas psicosociales que una vez iniciados son de compleja resolución.
La decisión de beber alcohol o usar sustancias psicoactivas es en definitiva de la sola incumbencia de la persona, pero cuando dicha práctica se enmarca en el contexto de la prestación de un servicio público y el desempeño de actividades que entrañan riesgos para sí y para los administrados, los organismos de control deben fiscalizar tales actividades.
El control sobre el uso de sustancias psicoactivas se considera esencial para la eficacia de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y para la seguridad de sus miembros y la comunidad.
Los miembros de las fuerzas de seguridad no son inmunes a los problemas de consumo de drogas o sustancias psicoactivas, que afectan al resto de la sociedad, el consumo arraigado de alcohol y de tabaco y el abuso de medicamentos de prescripción- psicotrópicos o estupefacientes -siendo estos cada vez más frecuentes y en permanente aumento.
Tomando esta realidad y entendiendo la necesidad de desplegar políticas públicas en materia de consumo, uso y abuso de sustancias psicoactivas, es que se intenta intervenir en la problemática desde un punto de vista preventivo.
La experiencia observada en Fuerzas de Seguridad de otros países del mundo recomiendan actualizar las formas de abordar el problema del consumo de alcohol y otras drogas o sustancias psicoactivas enfocándose en poner un mayor énfasis en la prevención, concientización y control de riesgos, inherentes a las tareas que desarrollan.
La Política de Alcohol y sustancias psicoactivas ha sido desarrollada para proteger el bienestar de todos los empleados de la fuerza, así como la integridad, la reputación y la eficacia de las Policías de la Provincia de Buenos Aires. La misma, tiene por objeto fortalecer la salud, la seguridad y el bienestar de todos sus integrantes, y está vinculada a:
- la promoción de la responsabilidad personal en relación al consumo de alcohol,
- la prohibición del uso de drogas o sustancias psicoactivas ilícitas,
- la prohibición del uso de sustancias psicoactivas lícitas (psicotrópicos o estupefacientes) por fuera de la prescripción de un médico responsable,
- la promoción del uso responsable de fármacos en general
 
Principios de la Política
Los principios subyacentes y orientadores de todas las acciones que se desprendan de la Política y que guiarán todos los procesos involucrados, son:
 
El respeto a los derechos constitucionales y laborales del agente: Los procedimientos a implementar a la luz de esta política deberán estar sujetos al resguardo de las garantías constitucionales que ampara a todo agente, en particular respecto de aquellas que determinan la protección de su vida privada.
 
Asumir que el consumo de sustancias psicoactivas puede constituir una enfermedad: Los problemas asociados son susceptibles de prevención, tratamiento y recuperación, por lo que se dará oportunidad de asistencia médica y psicológica, a los agentes que lo requieran.
La seguridad: Se asumirá como un valor permanente y transversal a todas las funciones de la fuerza con el fin de prevenir y reducir los riesgos para los agentes y la operatividad.
La universalidad: Esta política será aplicable a todos los agentes de la fuerza, sin ningún tipo de distinción.
La confidencialidad de la información y del tratamiento: Se considera como un requisito indispensable, el cumplir con este estándar, al cual se deben ajustar todos los actores involucrados tales como jefaturas, supervisores, centros terapéuticos y demás integrantes de la fuerza.
La información oportuna: Se deberá garantizar que todos los agentes conozcan la Política, para lo cual se apoyará en los diversos medios de comunicación con que cuenta la fuerza.
Objetivos
El Programa propone actividades articuladas en los siguientes ejes:
• Informativo: brindar información detallada, comprensible y fiable sobre el impacto de los diferentes hábitos de la vida de un individuo (personal, familiar, laboral, social y cultural) y generar sensibilización respecto al uso de sustancias psicoactivas.
• Formativo: análisis de los factores de riesgo y de protección. Estimular la discusión y el análisis de los beneficios y ventajas de un estilo de vida saludable y equilibrada, estableciendo la importancia de los hábitos asociados al cuidado y protección de la salud.
• Asistencial: captación de aquellos casos que atraviesan un evento de uso problemático de sustancias, a través de una detección precoz o en su defecto canalizando la situación a recursos terapéuticos externos con los cuales se mantendrá un contacto permanente.
• Situación de revista: disponer lo necesario para la correcta aplicación conforme lo previsto en la normativa vigente.
Adicionalmente, se espera que los integrantes de la fuerza capitalicen dichos aportes a partir de la apropiación de la información brindada, que redunde en un posicionamiento crítico frente a los hábitos y actitudes personales.
 
Etapas:
 
1. Información y sensibilización
- Brindar información realista y objetiva sobre las sustancias psicoactivas y sus consecuencias sobre la salud.
- Explicar los objetivos del programa y modo de acceder al tratamiento de los individuos que voluntariamente así lo deseen.
- Delimitar la influencia que las adicciones tienen sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Desarrollo de campañas gráficas: carteles, anuncios en zonas visibles. Publicaciones internas de la fuerza, folletos informativos y vídeos, tanto en formato tradicional como por e-mail.
- Realización de Jornadas, talleres o charlas informativas programadas con los agentes o invitando a expertos exteriores a la fuerza para divulgación del tema.
- Integración en la medida de lo posible, en programas de salud más amplios que incluyan a la familia.
 
2. Determinaciones - Testeos
 
Esta política reitera la condición de aplicación a todos los agentes de las Policías de la Provincia de Buenos Aires donde las pruebas destinadas a la determinación biológica de sustancias son un procedimiento estándar y la abstinencia del uso de sustancias prohibidas es obligatorio.
 
Las pruebas de sustancias psicoactivas - testeos obligatorios "TEST DE CONFIANZA ".- están dirigidas a disuadir y detectar el consumo de sustancias psicoactivas en agentes de la fuerza realizándose al azar, o en forma específica y obligatoria en las siguientes circunstancias:
- Personas citadas al azar de acuerdo al programa preestablecido.
- Controles periódicos de ex positivos.
- Personas que a juicio del médico presenten signos o síntomas de intoxicación por sustancias legales o ilegales.
- El personal considerado en mayor riesgo debido a sus funciones específicas.
- A todos los postulantes durante el examen de pre ingreso.
- Accidentes in itínere o en misión.
Las pruebas de laboratorio para detectar la presencia de sustancias se realizarán en orina, en saliva o en aire espirado según corresponda. Los casos positivos serán siempre confirmados por otro método.


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