La decisión llegó de la mano de María Eugenia Vidal. La iniciativa estaba prevista que se aplique en localidades menores de 30 mil habitantes.
La gobernadora bonaerense María Eugenia Vidal vetó la ley que permitía la concurrencia simultánea de mayores y menores desde los 14 años en localidades con menos de 30 mil habitantes.
A través del decreto 2.101 publicado en el Boletín Oficial, Vidal decidió rechazar la modificación del artículo 9° de la Ley N° 14.050 que permitía el ingreso de menores a locales nocturnos, porque "contradice" artículos de la Constitución provincial y de la Convención de los Derechos del Niño.
"El Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia ha solicitado la observación de la iniciativa en la inteligencia de que la misma no evidencia una primordial consideración del interés superior del niño y de su protección especial, infringiendo el artículo 36 de la Constitución Provincial y el artículo 3° de la Convención sobre los Derechos del Niño, en especial sus apartados 1 y 2", reza el texto del decreto.
Cabe recordar que la medida, impulsada por el senador peronista Patricio García, disponía la creación de un marco de excepcionalidad para municipios pequeños, quienes tendrían la potestad de regular por sí mismos sobre la permanencia de los menores en los locales bailables.
Así, la norma sancionada el 30 de noviembre, delegaba la regulación a los municipios para que, a través de los concejos deliberantes, reglamenten a su consideración sobre los límites de edad establecidos posibilitando la entrada de menores con la compañía de un mayor.
En ese momento, diputados provinciales del Frente para la Victoria (FpV) manifestaron su rechazo al argumentar que "de este modo se atenta contra la seguridad de los jóvenes y se expone a los más chicos en ámbitos inapropiados para su edad". E incluso expresaron su "preocupación" para la temporada de verano en la costa bonaerense, donde hay municipios que tienen una población menor a 30 mil personas pero que en temporada alta triplican sus habitantes.
El texto del decreto publicado argumenta además que "el artículo 36 de la Constitución Provincial dispone que todo niño tiene derecho a la protección y formación integral, al cuidado preventivo y supletorio del Estado en situaciones de desamparo" y que "asimismo, la Convención sobre los Derechos del Niño entiende por niño a todo ser humano menor de dieciocho años de edad".
Mientras que también se "han solicitado a su vez la observación de la iniciativa los Ministerios de Seguridad y de Producción, destacando este último que la modificación propiciada se contrapone con lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley N° 14.050 que establece limitaciones para el ingreso de los menores entre los catorce y diecisiete años en los locales bailables, en lo referido al horario y a la prohibición total de vender en ese ámbito cualquier tipo de bebida alcohólica;
Asimismo, el decreto de Vidal asegura que en la evaluación de la normativa tomaron intervención además los ministerios de Salud y Gobierno. (DIB)
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