La AFIP no realizará bajas de oficio del monotributo por falta de pago
02 de agosto de 2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la decisión de no aplicar bajas de oficio del monotributo a ningún contribuyente que acumule faltas de pago de sus obligaciones durante julio o exceda el límite máximo de facturación del régimen.
Lo hizo a través de la resolución general 4782/2020, publicada en el Boletín Oficial, que extiende los beneficios vigentes desde marzo para amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes.
La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas.
También suspende las bajas del régimen de monotributo por una facturación que exceda el máximo establecido por la categoría K, la máxima disponible, que fija un tope de facturación anual de $ 2.609.240,69 o un máximo mensual de $ 217.349,75. 

 


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