El gobierno prorrogó hasta el 31 de marzo la suspensión de vuelos de cabotaje y el transporte automotor y ferroviario de pasajeros en el marco del aislamiento social preventivo obligatorio.
La resolución 73/2020 publicada en el Boletín Oficial dispone que la circulación de los servicios de transporte público automotor y ferroviario se hará con "frecuencias y programación habituales de día feriado" hasta el 31 de marzo y se suma la suspensión de la circulación de los servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre durante el mismo período.
En tanto, en el artículo 4 se establecen excepciones a las siguientes categorías: El traslado hacia sus domicilios de residentes en el país que estén retornando a la República Argentina.
El traslado hacia aeropuertos, puertos y/o terminales de ómnibus o ferroviarias de extranjeros que se encuentren en el país y que se dirijan a su país de origen.
El transporte de pasajeros para el traslado de personas que presten servicios o realicen actividades declarados esenciales en el marco de la emergencia pública declarada.
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